Por Tania Delgadillo Rivera

 

Comprender las diferentes aristas para lograr la igualdad y equidad de género, requiere una mirada crítica a los diferentes aspectos que hacen a las problemáticas que afrontan las mujeres y las niñas, en un escenario cada vez más complejo de la realidad que nos circunda.

En el presente trabajo, se presenta aproximaciones a aspectos relevantes de la problemática multidimensional que afecta a las mujeres, con el propósito de comprender el fenómeno y las causas de la desigualdad, la discriminación, y de las diferentes expresiones de la violencia hacia las mujeres, la falta de acceso a la justicia, el rol de la comunicación, la educación, la información, la participación, el ejercicio de ciudadanía, y los enfoques que se requiere para abordar las diversas problemáticas,

La participación de las mujeres, la autonomía y la adopción de decisiones por ellas de forma plena y efectiva en la vida pública, así como la eliminación de la violencia, para lograr la equidad de género y el empoderamiento de todas las mujeres, entre otros, son temas que también revisaremos en este trabajo.

La transversalidad del enfoque de género: metodología y estrategia política
El concepto de enfoque de género, así como la perspectiva de derechos humanos permite comprender las desigualdades que afectan a las mujeres, como producto del sistema patriarcal, así como brinda luces para intervenir en la realidad social para lograr transformarla y alcanzar la justicia de género. La noción de enfoque, como suerte de mirada transversal, permite también identificar la asimetría de poder que existe entre hombres y mujeres, que se expresa en discriminaciones en diferentes ámbitos de sus vidas. Esta transversalidad del enfoque de género es a su vez metodología y estrategia política para atravesar la estatalidad con propuestas integrales. Este abordaje es uno de los aportes fundamentales del feminismo.

Esta mirada de enfoque, o perspectiva, está vigente en la Convención sobre la Eliminación de todas formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW)[1], en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijín (1995)[2] y fue adoptado en la Declaración del Milenio (2000), que fue la primera declaración de NN.UU. en término de derechos humanos. La agenda 2030 es una continuidad de aquello. En la actualidad existe una agenda global en esos términos: el ODS 5: Igualdad de género y empoderamiento de la mujer, por ejemplo.

Las políticas públicas son la vía por la cual es posible intervenir en los espacios estatales, transversalizando el enfoque de género y la noción de derechos humanos. Y en ese acometido, es fundamental considerar tres aspectos en la construcción o diseño de políticas públicas, a decir de Pautassi (2007): a) considerar el concepto de género y la necesidad de aplicar esta categoría mediante un enfoque transversal; b) comprender su relación con las políticas públicas; y c) vinculación con la perspectiva de derechos humanos. Otro aspecto esencial en esta construcción de políticas públicas es la generación de evidencias (datos, estadísticas) que permitan medir la progresividad de los avances, monitorear los mismos y evaluar los resultados alcanzados. En ese sentido, Valdivieso (s/f)) recomienda:

“Las políticas públicas para la igualdad y equidad de género, deben tener como propósito crear y sostener condiciones para favorecer la autonomía de las mujeres a través no sólo del ejercicio de sus derechos, sino de medidas de acción afirmativa y de otras que incidan en las desigualdades y marcados desequilibrios y supremacías de género”. (Valdivieso:1)

A pesar de que existen mandatos internacionales y acuerdos para avanzar en la transversalidad del enfoque de género y el empoderamiento de las mujeres, la mayoría de los estados no presentan adelantos al respecto.

El enfoque de derechos humanos en las políticas públicas
Los derechos humanos deben estar en el centro de todo proceso de diseño, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas públicas con enfoque de género. El enfoque de género y el de derechos humanos, van de la mano. El fortalecimiento de capacidades nacionales para la implementación de los estándares internacionales de Derechos Humanos es fundamental, de acuerdo a la Comisión Internacional de Derechos Humanos (CIDH) se sustenta en dos pilares: 1. El Estado como garante de los derechos y sujeto responsable de su promoción, defensa y protección. 2. Las personas y grupos sociales como sujetos titulares de derechos, con la capacidad de reclamar y participar.

Los principios que deben estar presenten en la incorporación de este enfoque en las políticas públicas a favor de la equidad de género, son los siguientes: i) El principio de igualdad y no discriminación; ii) Principio de participación social; iii) Los mecanismos de reclamo y el acceso a la justicia; iv) La producción y el acceso a la información como garantía de transparencia y rendición de cuentas; v) La protección prioritaria a grupos en situación de discriminación histórica; finalmente, vi) La inclusión de la perspectiva de género y diversidad, además de la perspectiva de género, se debe incorporar en las políticas públicas los enfoques de diversidad e interculturalidad. Los Estados deben impulsar la adopción de políticas para avanzar en la igualdad de género y eliminar las restricciones que la limitan, en consideración a la discriminación histórica y los estereotipos que han afectado a mujeres, niñas y adolescentes. Esto debe guiar la investigación y juzgamiento ante la justicia de todos los casos de violencia de que se cometen en contra de las mujeres. Asimismo, se recomienda medidas diferenciadas considerando las particularidades e identidades diversas de mujeres, en especial de aquellas en situación de riesgo. Tener en consideración la intersección de factores como la raza, la etnia, la edad, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, entre otras variables, así como las situaciones que acentúan la vulnerabilidad, como ser la discapacidad, mujeres mayores, la privación de libertad, la condición de migrantes y desplazadas, es otro de los requisitos.

Finalmente, la CIDH recomienda al momento de formular políticas públicas, incluir el análisis de 3 elementos: (i) el impacto diferencial que tienen o pueden tener las medidas que se adoptan para hombres y para mujeres; (ii) la opinión, experiencia y preocupaciones de las mujeres y de los hombres en los distintos momentos del ciclo de la política; (iii) el beneficio que la medida adoptada trae en términos de disminuir la brecha de desigualdad entre hombres y mujeres.

Logros de los movimientos feministas
A pesar de las dificultades que enfrenta la lucha por la igualdad de las mujeres en la región, es importante realizar un repaso de los logros alcanzados por los movimientos feministas en el mundo.

La lucha reivindicación de los derechos de las mujeres, no es nueva. Ya desde la Europa del siglo XVIII, las mujeres, revolucionarias para su tiempo, plantearon “desmantelar la retórica masculina, subvertir las jerarquías innecesarias, abrir la toma de decisiones” a quien en el pasado no eran considerados ni siquiera sujetos de derechos” (Sagot, 2014:41). A decir de Sagot, los cambios ocurridos en la condición de las mujeres, como resultado de la acción feminista, “se encuentran, sin lugar a dudas, entre los hitos más importantes del desarrollo social del siglo XX” (:42)

Durante la primera ola feminista, fines del siglo XIX y principios del S. XX, se logró el derecho al sufragio (este derecho fue alcanzado primero en Nueva Zelanda (1893); luego en Europa (1910) y posteriormente en Estados Unidos (1920). Es importante apuntar, sin embargo, que este derecho lo consiguieron las mujeres sin tener relación o muy poca con los ideales feministas.

En esta primera ola, también se logró el incremento y reconocimiento de la capacidad jurídica de las mujeres y sus derechos a administrar sus bienes; el derecho a la propiedad también figura en esta etapa, que se extendió en América Latina por el lapso de la mayor parte del siglo XX. La lucha por ampliar estos derechos representó uno de los logros más significativos durante esta primera ola.

En la segunda ola feminista, marcada por la Promulgación de la Convención sobre Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1979) se destaca el avance en el reconocimiento de los derechos de las mujeres; el establecimiento o la incorporación paulatina de la noción de igualdad entre hombres y mujeres, en las constituciones de los países de América Latina, ocurre a partir de la CEDAW, y de ahí surgieron leyes, políticas públicas y programas. También se va haciendo evidente el incremento en la participación de las mujeres en la fuerza laboral, ingreso masivo a los sistemas educativos y a disciplinas científicas. Según la OIT (2009), las mujeres representan el 40% de la fuerza laboral en AL.

Sagot afirma que: “El feminismo tuvo una impronta significativa en la transformación de la institucionalidad de los Estados y de los sistemas legales de la región, al lograr incorporar la igualdad de género como parte del discurso público, después de la pacificación de la región” (:44); sin embargo, desde una mirada crítica afirma que muchos de los logros del movimiento feminista fueron “cooptados por la democracia liberal y acomodados a las necesidades del sistema capitalista” (:46)

Es decir que los avances fruto de las luchas de los movimientos feministas, no tuvieron un correlato en la lucha por erradicar la pobreza, que en nuestra región se fue incrementando como una tendencia, principalmente en “Centroamérica donde se evidencia un incremento de la pobreza en todos los países y dos de ellos, Honduras y Nicaragua, se encuentran entre los más pobres del continente con índices de pobreza cercanos al 70% (CEPAL 2012)” (:47)

Las brechas de género persisten
La búsqueda por la equidad, la justicia social, el acceso a las oportunidades (sociales, políticas, económicas, entre otras) es y ha sido una constante en la lucha de las mujeres, y si bien existen adelantos en algunos aspectos, las brechas de género continúan siendo la expresión de la desigualdad entre hombres y mujeres, las mismas que se construyen sobre la diferencia de género, sustentada en las raíces del patriarcado, que excluye a las mujeres de gozar de una vida plena, digna, con autonomía, participación, y del ejercicio de los derechos humanos. Estas desigualdades, no solo reducen las posibilidades materiales, sino que generan diferentes tipos de violencias, afectando la salud, incrementando la pobreza y tiene consecuencia inclusive en las generaciones futuras.

Estas desigualdades que ocasionan las brechas de género, tienen un aliado y generador de las mismas llamado capitalismo, un sistema depredador sustentado en el neoliberalismo y el colonialismo, donde las relaciones de poder han sido y continúan siendo responsables de todas las formas de violencia contra las mujeres. En nuestra región latinoamericana, esta realidad es palpable en las altas cifras de violencia en razón de género y la feminización de la pobreza, entre muchas otras consecuencias del sistema neoliberal patriarcal.

A esta realidad se suma pensamientos retrógrados, conservadores en exceso, que están afectando y horadando el cambio cultural, en las mentalidades de los miembros de las familias, tras el resurgimiento de fundamentalismos religiosos “que invocan nuevas formas de sumisión para las mujeres y el mantenimiento de roles tradicionales de género” (Sagot, 2014:49)

Ahora bien, estas desigualdades y las brechas de género no impactan de manera uniforme a todas las mujeres. Son las mujeres afrodescendientes, las mujeres de pueblos indígenas, las campesinas, las más afectadas y es en sus espacios de vida donde la pobreza no sólo persiste, sino que se incrementa, más aún en estos últimos años de aparición de la pandemia por Covid 19 y sus variantes, que ha dado lugar al ensanchamiento de las brechas de género, desigualdad económica, migraciones, y la persistencia de la cultura machista que se ha visto reavivada en la división del trabajo, recayendo sobre las mujeres las tareas de cuidados domésticos, generando retrocesos en los avances logrados.

Ante esta deprimente realidad para las mujeres de nuestra región, los movimientos feministas plantean una mirada aguda y cuestionadora del sistema y se preguntan:  ¿Es posible confiar en el sistema capitalista para resolver y superar estas desigualdades? Si es posible confiar en la democracia formal, como las que se practican en nuestros países, para resolver los problemas que aquejan a nuestras sociedades y que se agudizan en la situación de desigualdad de las mujeres. La respuesta desde una mirada crítica, es negativa, pues ambos están intrínsecamente relacionados. Y es en este escenario que se da un retorno a las utopías feministas que buscan “una sociedad libre de toda desigualdad, libre de toda forma de violencia, que reconozca las diferencias de todas las personas y las pusiera en el centro de las discusiones, basada en la solidaridad y la redistribución y la gestión más igualitaria de los recursos y las oportunidades”, a decir de Sagot: ¡Volver a la utopía feminista! ¡Despatriarcalizar la sociedad! ¡Desmercantilizar la vida!

Autonomía y empoderamiento de las mujeres. Economía feminista
Si bien la autonomía es vista como libertad de acción y movimiento, vemos también que es un indicador del avance en los aspectos político, social, material y personal, y tiene una estrecha relación con el ejercicio de derechos y el empoderamiento, como apunta Valdivieso (s/f:1). La autonomía se enmarca en un entramado de valores, para alcanzar la emancipación y el autogobierno, con su contrapartida de la responsabilidad, que apunta a la realización individual: “La autonomía se opone a los modelos de dominación y opresión; condena la imposición heterónoma de principios y normas de conducta; rechaza la dependencia.” (:1)

“La autonomía y el empoderamiento de las mujeres constituyen un requisito indispensable para el logro de la igualdad de género” (Pautassi, 2007), además de ser parte de procesos individuales y políticos para el ejercicio pleno de los derechos ciudadanos.

El empoderamiento económico conlleva el acceso a recursos para la satisfacción de las necesidades, la autonomía y emancipación de la mujer. Desde una perspectiva de derechos, el trabajo es vital para el empoderamiento económico, sin embargo, en el acceso al empleo, existen situaciones de discriminación donde los estereotipos de género han ido generando segregación laboral, en desmedro de las mujeres.

Entre las diversas formas de discriminación de las que son objeto las mujeres, figura la discriminación que se deriva de la división sexual del trabajo, que históricamente ha colocado a las mujeres en una situación de desigualdad y limitación para su pleno desarrollo material y emocional.

En relación a la “autonomía económica” y los temas vinculados con el trabajo de las mujeres, éstos han sido abordados por los distintos paradigmas económicos. Desde la perspectiva de la economía feminista se ha abierto una mirada que cuestiona las concepciones dominantes androcéntricas. Desde una perspectiva crítica, se advierte que las nociones sobre la autonomía, el empoderamiento y participación de las mujeres son funcionales al sistema, por lo que la corriente denominada “economía feminista de la ruptura” busca trascender los tradicionales paradigmas y “se plantea algo que va mucho más allá de la mera “igualdad” (Carrasco, 2006 :23)

La economía feminista, nueva corriente de pensamiento dentro de la economía, que tuvo su hito en los años noventa pero que se viene desarrollando desde las tres últimas décadas, en su visión crítica, metodológica y epistemológica a las tradiciones existentes, desarrolla una temática amplísima, entre las que destacan: la crítica al pensamiento económico clásico por no considerar en sus estudios el trabajo de las mujeres; la discusión sobre el concepto de trabajo, las características y funciones del trabajo doméstico; distintos aspectos de la participación y discriminación laboral de las mujeres; las políticas económicas y sus efectos diferenciados por sexo; los efectos de género y desarrollo; la invisibilidad de las mujeres en los modelos macroeconómicos; la no inclusión de los trabajos no remunerados en las estadísticas, entre otros aspectos.

Desde esta perspectiva, se busca valorar la experiencia de las mujeres como sujetos de cambio; plantea como objetivo central la satisfacción de las necesidades de la vida humana y la calidad de vida de las personas” (:2) Se orienta a un cambio radical en el análisis económico, capaz de transformar la propia disciplina y que permita construir una economía que integre y analice la realidad de mujeres y hombres, teniendo como principio básico la satisfacción de las necesidades humanas (:3)

Desde la economía feminista, el desarrollo de estándares de vida requiere de recursos materiales, así como también de contextos y relaciones de cuidado, de afecto, que mayormente son proporcionados por las mujeres, en gran medida, y por el trabajo no remunerado que realizan éstas en sus hogares, trabajo que es invisibilizado y que no goza de reconocimiento. Por esta razón, tanto el trabajo dependiente remunerado como los trabajos de cuidados (no remunerados) deben ser analizados desde una perspectiva integral para identificar y analizar las causas y las formas en las que se expresa la discriminación.

Los diferentes tipos de violencia contra las mujeres persisten en la región
Como se ha mencionado en los primeros acápites de la introducción de este trabajo, los datos en temas de violencia hacia las mujeres son alarmantes en América Latina. Es lamentable evidenciar que en la mayoría de los países de la región existe impunidad, falta de voluntad política de parte de los Estados para afrontar esta realidad como una prioridad, toda vez que estamos hablando de violaciones a los derechos humanos de las mujeres y las niñas, que se perpetran día a día, como una suerte de “pandemia en la sombra” como la propia CEPAL la ha calificado, como algo inaceptable ante lo cual los diferentes movimientos feministas y organizaciones de la sociedad civil y otras, piden “tolerancia cero”.

Marcela Lagarde, autora que acuñó el término “feminicidio”, definiéndolo como “el acto de matar a una mujer sólo por el hecho de su pertenencia al sexo femenino”, confirió a ese concepto un significado político con el propósito de denunciar la falta de respuesta del Estado en esos casos y el incumplimiento de sus obligaciones internacionales de garantía, incluso el deber de investigar y de sancionar” (ONUMUJERES/OACNUDH, 2014:29). Por esta razón, Lagarde considera que el feminicidio es un crimen de Estado. El concepto abarca el conjunto de hechos que caracterizan los crímenes y las desapariciones de niñas y mujeres en casos en que la respuesta de las autoridades sea la omisión, la inercia, el silencio o la inactivad para prevenir y erradicar esos delitos” (:29)

Esta expresión extrema de violencia por razón de género, denominada “feminicidio o femicidio”, en la que se reconoce que las muertes de las mujeres ocurren tanto en el hogar como en los ámbitos de la comunidad, inclusive en manos de agentes del Estado, viene conduciendo a tomar conciencia y acciones para encontrar respuestas específicas para afrontar este problema, colocando a los Estados en el centro de la responsabilidad para encontrar medidas, tanto en el ámbito de la justicia, la reparación de justicia, frente a la impunidad, así como la prevención que debe estar en el centro de su accionar, para hacer frente y frenar todas las formas de violencia contra las mujeres.

En el tema específico de la administración de justicia frente a los casos de violencia contra las mujeres y las niñas, se ha desarrollado el “Modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio)” en el que figuran una serie de medidas que los Estados deberían adoptar para hacer frente a este flagelo.

El análisis interseccional, representa también un modo de entender el problema para abordar y la violencia hacia las mujeres como fenómeno complejo en el que se cruzan múltiples discriminaciones (:50)

Finalmente, el protocolo insta a que los Estados deban contar con accesos a la justicia penal y restaurativa, garantizar la eficacia de los instrumentos, adoptar medidas urgentes y concretas para fortalecer sus capacidades, proveer los medios disponibles, destinar recursos humanos, tecnológicos, financieros y científicos. El Estado tiene el deber de actuar de oficio. La autoridad está obligada a la búsqueda de la verdad, como una obligación ineludible y debe ejecutar sanciones a las violaciones múltiples de los derechos de las mujeres, acompañadas de reparación de justicia, no sólo material, sino también generar y garantizar condiciones en las que las mujeres víctimas de violencia puedan tener acceso a restaurar su salud emocional, psicológica y sus condiciones económicas para vivir una vida digna, libre de violencia. Asimismo, el protocolo señala la importancia de contar con indicadores, generar evidencias y rendir cuentas a la ciudadanía.

Derechos políticos de las mujeres. Acoso político, otra forma de violencia
La violencia política y el acoso en el ámbito de la política es otro de los problemas que enfrenan las mujeres en la región. Los derechos políticos de las mujeres son permanentemente violados, afectando su pleno desarrollo y derecho a la participación en asuntos de interés público. Ante esta situación, la VI Conferencia de Estados Parte de la Convención de Belém do Pará adoptó la Declaración sobre la Violencia y el Acoso Políticos contra las Mujeres (octubre de 2015, Lima) estableció el primer acuerdo regional sobre este problema. Este documento condena toda forma de violencia contra las mujeres, tanto en el ámbito público como privado y establece que:

“Los Estados promoverán la plena e igualitaria participación de la mujer en las estructuras políticas de sus respectivos países como elemento fundamental para la promoción y ejercicio de la cultura democrática”; que “la participación política de las mujeres, su completa autonomía e independencia, la valorización de su papel en la sociedad y en la economía y una educación que promueva la igualdad de género son condiciones indispensables para el desarrollo y la democracia en todos los países”.

De manera amplia, este documento, establece una serie de medidas que los Estados deben promover para prevenir, sancionar y erradicar este tipo de violencia.

Bolivia figura como el único país que adoptó una ley específica contra el acoso y/o violencia política de género (Ley N° 243, 2012). Como ocurre en otros ámbitos, donde vemos avances en materia legislativa, más en la práctica se ven entorpecidos o no se cumplen. Hasta la marzo de 2022, suman al menos 154 casos de violencia política contra la mujer y a pesar de las denuncias existe impunidad, y según informe de la Organización de las Naciones Unidas en Bolivia (ONU) el número de casos conocidos de violencia política contra mujeres líderes es alarmante.

El acoso y la violencia política hacia las mujeres aparecen como parte de una realidad que devela las reacciones de un sistema político y de una cultura que se resiste a aceptar la igualdad. Si bien en algunos países se ha aumentado el número de cuotas a favor de la incorporación de las mujeres en espacios de deliberación, el acoso y la violencia política se traduce en delitos que van desde la violencia física, psicológica y sexual hasta el secuestro y el asesinato.

El rol de la comunicación en la dinámica de una sociedad patriarcal y la educación
El acceso a la información y el derecho a la comunicación, son dos aspectos fundamentales en la lucha por la igualdad y la equidad de género, pues hoy en día con mayor impacto se puede evidenciar el poder de manipulación que están ejerciendo los medios y su capacidad simbólica y de creación y difusión de narrativas androcéntricas y hegemónicas. Es decir que en la dimensión cultural se libran batallas por la hegemonía de los discursos. Y es aquí donde esta producción y circulación de discursos cobra una dimensión política, por lo que es allí donde, además de otros espacios, los movimientos feministas deben incidir.

Los medios tienen un poder de influencia cultural que puede actuar de manera positiva, circulando información, generando espacios de comunicación, de reflexión, educación, sensibilización, cohesión; o de manera negativa, perpetuando discursos y estereotipos machistas, fomentando la violencia, siendo tolerante hacia ella y naturalizando una serie de conductas e imaginarios que van en contra de la lucha por la justicia social y la justicia de género.

Por otra parte, es imprescindible incorporar en el ámbito de la educación formal o institucionalizada, como ser escuelas, centros educativos, universidades, una mirada crítica sobre la desigualdad y la inequidad de género. Así como incorporar en toda las acciones, investigaciones, proyectos y políticas públicas, los enfoques de género, derechos humanos, diversidad, interseccionalidad, interculturalidad, ciudadanía, y más recientemente, los enfoques decoloniales, para generar una comprensión cabal del fenómeno de inequidad y desigualdad en razón de género. Estos enfoques, a partir de políticas públicas, deben cruzar los programas, los currículos y los proyectos de investigación en las universidades. Paralelamente, es necesario trabajar los contenidos de la educación en las escuelas, toda vez que es en estos espacios donde empieza la construcción de estereotipos:

“La escuela a través del proceso de socialización es la generadora de prácticas discriminatorias (…) son la ignorancia y el prejuicio los valores tradicionales de la sociedad (vía padres, maestros, etc.) y la falta de modelos positivos a seguir los causantes de la desigualdad” (García, 2005:2)

Y en el ámbito de la educación popular, entendida como una dimensión trasformadora y liberadora, desde la perspectiva de Paulo Freire, es fundamental promover la construcción de ciudadanía en derechos humanos, que permita a hombres y mujeres intervenir en la realidad con sentido crítico y conciencia. Soraya El Achkar, en la siguiente cita, nos insta a tener la visión crítica de la realidad como un requisito para transformarla:

“Compartimos con Freire que no es suficiente la superación de la visión ingenua de la realidad, ni lo es la reflexión crítica, ni el anuncio de una nueva realidad posible; es necesaria la organización y las acciones concertadas que impulsen el cambio y, en ese sentido, asumimos que los procesos educativos en Derechos Humanos no deben quedarse reduccionistamente en un momento de develación de la realidad (proceso indispensable para el desarrollo de la conciencia según Paulo Freire 1996-3; 85), sino favorecer dialécticamente acciones concertadas a favor de la transformación.” (El Achkar: 4)

Como colofón de este acápite, es importante mencionar que en el artículo 5 (a) de la CEDAW se establece esa obligación de los Estados de “modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres”. Dicha obligación es reforzada por el artículo 2(f) que exige a los Estados adoptar “todas las medidas adecuadas, incluso de carácter legislativo, para modificar o derogar leyes, reglamentos, usos y prácticas que constituyan discriminación contra la mujer”. El Comité de la CEDAW identifica este deber como una de las tres obligaciones centrales para alcanzar una igualdad sustantiva a favor de las mujeres y las niñas.

Políticas con enfoque de género, a favor de la niñez y adolescencia
Un reto importante también es la incorporación del enfoque de género en las temáticas vinculadas  a la niñez y adolescencia, ya que estas poblaciones sufren también el flagelo del sistema patriarcal, donde se evidencia situaciones y problemáticas tremendamente sensibles, como ser la trata y tráfico de niñas, niños, y adolescentes, la explotación sexual, la violencia al interior de la familia, la violencia en las escuelas, el matrimonio infantil, entre otros aspectos en los que la Convención de los Derechos de la Niñez, exige a los Estados y a la sociedad proteger sus derechos, bajo el principio de “interés superior del niño”.

En la intersección género-edad, existen discriminaciones, como todas las demás, inaceptables. De acuerdo a UNICEF: “Lograr la igualdad de género y promover la autonomía de las niñas contribuye a que todos los niños alcancen su potencial”. Según este organismo de las Naciones Unidas, “las niñas y los niños perciben todos los días la desigualdad de género en sus hogares y sus comunidades: en los libros de texto, en los medios de comunicación y entre los adultos que los cuidan”.

Resulta “indispensable”, señala un documento oficial denominado Políticas Públicas para la Infancia, el abordaje de “un enfoque interdisciplinario”, para afrontar las diversas realidades y problemas que enfrentan las niñas y los niños y adolescentes, hasta convertirse en personas adultas con plenas capacidades para ser autónomas y desarrollarse de manera integral.

En la preocupación del Comité de los Derechos del Niños, se ha centrado la atención en dos aspectos fundamentales: en la protección de sus derechos en los entornos digitales y que los niños y las niñas no deban ser objeto de ninguna forma de violencia[3]:

Con estas disposiciones, se espera que los Estados ejecuten todas las acciones que sean necesarias para la protección de la niñez contra toda forma de violencia.

Conclusiones
Las desigualdades de género que existen y persisten en la región requieren de un importante impulso desde las políticas públicas. Si bien hay avances en materia normativa e instrumentos internacionales que instan a los Estados a tomar medidas a favor de la igualdad entre hombres y mujeres, y a favor del ejercicio de los derechos de las mujeres, la no violencia, la no discriminación, entre otras, muchas de ellas expresadas en leyes y normativas nacionales, éstas no tienen su expresión en la vida y en el día a día de mujeres que presentan mayores vulnerabilidades, como ser las mujeres indígenas, las afrodescendientes, migrantes, campesinas, entre otras, y además se evidencia que continúan ensanchándose las brechas de género.

Del mismo modo, las diferentes expresiones de la violencia siguen lacerando y apagando la vida de miles de mujeres en la región. Apoyándonos en datos presentados por la CEPAL (2020) “(…) de seis países de la región, entre el 60% y el 76% de las mujeres (alrededor de 2 de cada 3) ha sido víctima de violencia por razones de género en distintos ámbitos de su vida. Además, en promedio 1 de cada 3 mujeres ha sido víctima o vive violencia física, psicológica y/o sexual, por un perpetrador que era o es su pareja, lo que conlleva el riesgo de la violencia letal: el feminicidio o femicidio” (Cepal, 2020)

Otras formas de violencia y discriminación se dan también en los planos, social, económico, político, cultural, en la educación y el acceso a la justicia, asechan día y día, con la tendencia reciente de retrocesos, como ya lo hemos mencionado. A pesar de esos avances, los movimientos de mujeres en todo el mundo tienen una mirada crítica y un reclamo que las ha puesto en estado de alerta, al evidenciar que en la región latinoamericana nos encontramos con un retraso de al menos una década ante la disminución de presupuestos y recursos humanos en la lucha contra la violencia en razón de género. Asimismo, están alertas las miradas críticas y reclamos de los movimientos de mujeres, ante el incumplimiento de los acuerdos internacionales, que son fruto de esfuerzos y aportes desde el feminismo.

La construcción, seguimiento y evaluación de las políticas públicas a favor de superar las diversas problemáticas que afectan a las mujeres, tienen como sustento las políticas internacionales y una serie de mecanismos existentes, a favor de promover y superar las desigualdades e inequidades que viven las mujeres, así como declaraciones de derechos humanos, se convierten en desafíos a ser aplicados, y exigidos enfáticamente por la sociedad. Y si bien, los aportes de los diferentes movimientos feministas han sido fundamentales para los logros alcanzados, aún quedan muchas batallas por librar, al interior de un sistema capitalista, neoliberal y patriarcal.

La utopía feminista sigue viva y se activa día a día, ante la impotencia y la indignación. Es urgente no cejar y continuar la lucha en los diferentes planos de la vida, con un fuerte énfasis en el ámbito de lo simbólico, transformando imaginarios y estereotipos, para cambiar al fin la vida y alcanzar la tan necesaria igualdad.

 

[1] La CEDAW fue adoptada en forma unánime por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979 y entró en vigor en 1981 y es considerada la carta internacional de los derechos de la mujer que contempla los derechos políticos, económicos, sociales, culturales, civiles en los ámbitos público y privado de la vida de las mujeres. La CEDAW está considerada como el documento jurídico internacional más importante en la historia de la lucha sobre todas las formas de discriminación contra las mujeres.

[2] Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, marcó un importante punto de inflexión para la agenda mundial de igualdad de género. La Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, adoptada de forma unánime por 189 países, constituye un programa en favor del empoderamiento de la mujer y en su elaboración se tuvo en cuenta el documento clave de política mundial sobre igualdad de género.

[3] Observación General Nº 13 (2011) del Comité de los Derechos del Niño: Derecho del niño a no ser objeto de ninguna forma de violencia (CRC/C/GC/13)

Bibliografía

Arroyo, L (2017): Violencia contra las mujeres y libertad de expresión: tensiones jurídicas. En Cuadernos Intercambio sobre Centroamérica y el Caribe. Vol. 14, No. 2, octubre-marzo

Carosio, A. (Coordinadora) Feminismos para un cambio civilizatorio. Celarg, CLACSO, Centro de Estudios de la Mujer. Carosio, A. (Coordinadora) (2014): Feminismos para un cambio civilizatorio. Caracas, Venezuela.
Carrasco, C. (2006): La economía feminista: una apuesta por otra economía.

CEPAL (2020): CEPAL: Preocupa la persistencia de la violencia contra las mujeres y las niñas en la región y su máxima expresión, el feminicidio o femicidio. Consultado en línea en https://www.cepal.org/es/comunicados/cepal-preocupa-la-persistencia-la-violencia-mujeres-ninas-la-region-su-maxima-expresion

CIDENI (2018). Compendio de Observaciones Generales del Comité de los Derechos del Niño. Santiago.

CIDH (2018): Políticas públicas con enfoque de derechos humanos.

Convención de los Derechos del Niño. Consultado en línea en https://www.un.org/es/events/childrenday/pdf/derechos.pdf

El Achkar, S. (2008, 20 de febrero): Ejercicio de la ciudadanía: El desafío educativo en nuestro tiempo. Artículo presentado por la autora para optar a la categoría de profesora asistente en la Universidad Central de Venezuela.

García, P. (2005): Género, educación y política pública. En La Ventana, N° 21.

León, M. (2017): Autonomía económica de las mujeres y justicia de género. CLACSO. Documento de estudio de Especialización y Curso Internacional en Políticas Públicas y Justicia de Género.

MESECVI/OEA (15 de octubre de 2015). Declaración sobre la violencia y el acoso políticos contra las mujeres. Lima, Perú.

OACNUDH/ ONUMUJERES (2014): Modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio)

Rodríguez, M; Pando-Canteli, M; Verasategui, M (2016) ¿Generan estereotipos de género los medios de comunicación? Reflexión crítica para educadores. En DEUSTO Social Impact Briefings No. 1.

Sagot, M. (2014): La democracia en su laberinto: el neoliberalismo y los límites de la acción política feminista en Centroamérica, en Celarg, CLACSO, Centro de Estudios de la Mujer.

Schild, V. (2016): Feminismo y neoliberalismo en América Latina. En revista Nueva Sociedad N° 265, septiembre-octubre.

Pautassi, L. (2007): ¿Igualdad en la desigualdad? Alcances y límites de las acciones afirmativas en Revista Conectas, pp. 1-11.

Unicef (s/f) Igualdad de Género. Consultado en línea en https://www.unicef.org/es/igualdad-de-genero

Valdivieso, M (s/f): Crisis, tendencias globales, Estados y políticas públicas. Documento: Apuntes de clases.

___________ (s/f) Autonomía y derechos asociados. Documento: Apuntes de clases.